Qué hacemos en Responsabilidad Civil
Cuando alguien sufre un daño por la acción u omisión de otra persona, tiene derecho a ser indemnizado. Valoramos su caso y le acompañamos en toda la reclamación, incluida la negociación con la aseguradora si la hay.
- Responsabilidad civil extracontractual: daños causados fuera de una relación contractual (art. 1902 del Código Civil).
- Responsabilidad civil contractual: incumplimientos de contrato que generan un perjuicio económico.
- Reclamaciones a compañías de seguros por indemnizaciones insuficientes o denegadas.
- Daños materiales y personales derivados de negligencias.
- Defensa frente a reclamaciones de responsabilidad civil dirigidas contra usted.
Plazo para reclamar
La acción de responsabilidad extracontractual prescribe al año desde que el perjudicado tuvo conocimiento del daño (art. 1968 del Código Civil), un plazo más corto de lo que mucha gente piensa. Interrumpir la prescripción a tiempo —por ejemplo, con una reclamación fehaciente— es clave para no perder el derecho a indemnización.