Qué hacemos en Derecho Administrativo
Frente a una sanción o resolución administrativa, el plazo para recurrir es corto y estricto. Perder ese plazo suele significar que la resolución queda firme y ya no se puede discutir.
- Recurso de reposición y recurso de alzada frente a sanciones y resoluciones.
- Recurso contencioso-administrativo cuando la vía administrativa se agota sin éxito.
- Sanciones de tráfico, consumo, urbanismo y actividad económica.
- Licencias de apertura y autorizaciones sectoriales.
- Responsabilidad patrimonial de la Administración.
Plazos que hay que vigilar
Con carácter general, el recurso de alzada tiene un plazo de un mes desde la notificación, y el recurso contencioso-administrativo, dos meses desde que se notifica el acto que agota la vía administrativa (o desde que se desestima el recurso previo por silencio, según el caso). Estos plazos se cuentan en días hábiles o naturales según la fase, por lo que conviene comprobarlo con precisión en cada expediente.