Reclamación de Deudas e Impagos

Reclamación de deudas e impagos en Valladolid

Le deben dinero y no le pagan. Reclamamos impagos entre particulares o de clientes de su negocio, empezando por la vía más rápida y económica y escalando a demanda si hace falta.

Cómo reclamamos una deuda

No todas las deudas se reclaman igual, y empezar por la vía adecuada ahorra tiempo y dinero.

  • Burofax con acuse de recibo y certificación de contenido: primer aviso formal, con valor de prueba fehaciente, que muchas veces basta para cobrar sin llegar a juicio.
  • Procedimiento monitorio: para deudas dinerarias, vencidas y acreditables documentalmente (facturas, contratos, albaranes). No exige abogado ni procurador si no hay oposición, y es la vía más ágil.
  • Juicio verbal u ordinario: si el deudor se opone al monitorio o la deuda no reúne los requisitos anteriores, se sigue por demanda, en el procedimiento que corresponda según la cuantía.

Qué necesita para reclamar

Cuanta más prueba documental tenga —contrato, facturas, correos, transferencias, mensajes reconociendo la deuda—, más rápido y sólido será el procedimiento. En la primera consulta valoramos qué documentación tiene y qué vía es la más eficaz para su caso.

Normativa de referencia: arts. 812 a 818 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (procedimiento monitorio) y, entre empresas, Ley 3/2004 contra la morosidad comercial.
Herramienta orientativa

¿Todavía puedo reclamar esta deuda?

Estimación orientativa del plazo de prescripción de una acción personal (art. 1.964 del Código Civil). No sustituye el análisis de un abogado: el cómputo exacto depende del tipo de acción y de actos interruptivos que esta herramienta no puede conocer.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre reclamaciones de cantidad.

¿Cuánto tarda un procedimiento monitorio?

Si el deudor no se opone ni paga, puede resolverse en pocos meses. Si se opone, pasa a juicio ordinario o verbal según la cuantía, lo que alarga los plazos.

¿Puedo reclamar intereses además de la deuda?

Sí, tanto el interés legal del dinero como, si está pactado en el contrato, un interés de demora superior, y en el ámbito mercantil el interés reforzado de la Ley de morosidad.

¿Le afecta esta situación ahora mismo?

Cuéntenos su caso sin compromiso. La cita previa tiene un coste de 50€, que se descuentan de los honorarios si nos encarga la dirección letrada del asunto.

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